El Real Decreto Legislativo 5/2015 (TREBEP) clasifica en sus artículos 14 y 15 los derechos de los empleados públicos en dos grandes bloques que debes saber diferenciar perfectamente para el test.
Derechos Individuales (Artículo 14)
Son derechos inherentes a la condición de empleado público ejercidos a título individual:
- A la inamovilidad en la condición de funcionario de carrera.
- Al desempeño efectivo de las funciones o tareas propias de su condición.
- A la progresión en la carrera profesional y promoción interna.
- A las retribuciones individuales y a las indemnizaciones por razón del servicio.
- A la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
- A la formación continua.
Derechos Colectivos (Artículo 15)
Son derechos ejercidos colectivamente:
- A la libre sindicación.
- A la negociación colectiva y a la participación en la determinación de las condiciones de trabajo.
- Al ejercicio del derecho de huelga.
- Al planteamiento de conflictos colectivos de trabajo.
- A la reunión.
Recuerda que en el tipo test suelen mezclar opciones proponiendo un derecho colectivo como si fuera individual.