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05 Agosto 2026

Recursos Administrativos: Alzada, Reposición y Extraordinario de Revisión

El Título V de la Ley 39/2015 clasifica los recursos administrativos que pueden interponer los interesados contra los actos administrativos.

1. Recurso de Alzada (Arts. 121-122)

  • Frente a actos que no ponen fin a la vía administrativa.
  • Plazo interposición: 1 mes (actos expresos) o en cualquier momento (actos presuntos).
  • Plazo resolución: 3 meses.

2. Recurso Potestativo de Reposición (Arts. 123-124)

  • Frente a actos que sí ponen fin a la vía administrativa.
  • Ante el mismo órgano que los dictó.
  • Plazo interposición: 1 mes (expresos).
  • Plazo resolución: 1 mes.

3. Recurso Extraordinario de Revisión (Arts. 125-126)

  • Frente a actos firmes en vía administrativa cuando concurran causas tasadas (error de hecho, documentos de valor esencial, testimonio falso o prevaricación).

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