Es una de las preguntas fijas y obligatorias en el examen de Auxiliar y Administrativo de la AGE.
Actos Nulos de Pleno Derecho (Art. 47.1)
Impiden la convalidación del acto y producen efectos ex tunc (desde el inicio): a) Lesionen derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional. b) Dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio. c) Tengan un contenido imposible. d) Sean constitutivos de infracción penal. e) Dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido.
Actos Anulables (Art. 48)
Son anulables los actos de la Administración que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluida la desviación de poder. Producen efectos ex nunc y son subsanables mediante convalidación por el órgano competente.